Le desbloquearon las cuentas mediante un amparo a Víctor Manuel Álvarez Puga, esposo de Inés Gómez Mont, por los motivos siguientes:
Primero.- No fue un requerimiento de Estados Unidos para bloquear las cuentas, sino que la Unidad de Inteligencia Financiera fue la que ordenó el bloqueo de las cuentas.
Segundo.- La UIF no pudo comprobar que cumplió con los requerimientos y los requisitos del artículo 115 de la ley de Instituciones de Crédito y 15 de la ley anti lavado.
Tercero.- Si el criterio de la Suprema Corte de Justicia de la Nación dice que si la UIF congeló la cuenta, no siguiendo Tratados Internacionales y no existía una lista negra de Estados Unidos por operaciones ilícitas, entonces la UIF no cumplió con los requerimientos para bloquear una cuenta, por lo que procedía otorgar la protección del Amparo.
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